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Génesis del Reino D'Aragó
matrimonios y concubinatos de los clérigos; por lo que, como dice Ubieto, al celebrarse con anterioridad a ese Concilio, el matrimonio no era nulo pero sí ilícito.   El problema originado por el testamento de Alfonso I fue resuelto a posteriori en una bula papal de 1158 Adriano IV, un agustino inglés, dándole salida a una engorrosa situación que se había iniciado con una posible pretensión papal de crear una monarquía teocrática en Aragón. J. Cabestany que cita a P. Kher, y yerra en sus argumentos. La heredera fue, no solo reconocida, sino aceptada por el papado, ella y su descendencia, como titulares de la potestas regia, las Órdenes Militares viendo el desarrollo del reino se apresuraron a pactar con el conde de Barcelona, príncipe gobernante del reino, unas compensaciones que se inician el 16 de septiembre de 1140 con lo que quedaba concluido jurídicamente el problema.  De este matrimonio nace Petronila el 11 de agosto de 1136. A finales de ese mismo año se separa el rey de su esposa una vez cumplido el motivo del matrimonio. Desde su entronización hasta 1137, no habían transcurrido ni tres años. Decididamente Ramiro no había nacido para ceñir corona, empero, cumplió muy bien con su deber. Castilla siempre dispuesta a la unión de las dos coronas ofrece a Ramiro, su hijo Sancho, cambiando el nombre de Petronila por el de Urraca, Ramiro lo rechaza, ello suponía que Castilla fagocitaba a Aragón.   Finalmente encontró en la persona del conde de Barcelona Ramón Berenguer IV el candidato perfecto, Jefe del Casal Barcelonés (Barcelona, Osona y Gerona) se firman los esponsales con la impúber princesa Petronila, que contaba quando seya rey?", et muy indignados fueron a comer.  Es elegido Ramiro, con el ordinario segundo de su nombre; a la sazón recién nombrado obispo de Roda-Barbastro (tras la muerte de Pedro Guillén). Accede al trono en septiembre de 1134. Intenta vincular de nuevo a Pamplona ya separada adoptando como hijo a García Ramírez de Pamplona, ya rey de los navarros, siendo rechazado. Y yo me pregunto ¿Qué hubiera sido del condado de Barcelona, si como dice Zurita en lugar de Ramiro I (II ilegitimo), se hubiera elegido a D. Pedro de Atarés? La expansión natural del reino era hacia el mar, como otros este condado hubiera sido solo un recuerdo. Con este enlace va a ser definitiva la separación de Navarra, ya es un hecho consumado, aunque habrá intentos a lo largo de los tiempos de reanudar esa relación, ya no se volverá a dar, salvo en casos muy esporádicos.  Sabiendo su responsabilidad de otorgar al reino de un heredero, se casa el día 13 de noviembre de 1135 en Jaca, con Inés de Poitou, una viuda francesa con demostrada fertilidad. Hay un sector historiográfico cuyos autores hablan de la necesidad de una dispensa papal para poder contraer matrimonio que no obtuvo Ramiro, al menos, no antes de la boda, no hubo tiempo suficiente para ello y las medidas de Inocencio II así lo determinan. Entre los religiosos de regla y los seculares la nulidad para contraer nupcias se incluye en el Derecho Canónico a partir del Concilio de Letrán que se celebró en su basílica entre los días 4 y 11 de abril de 1139. Convocado por el Papa Inocencio II para ratificar la condena del antipapa Anacleto II, entre los muchos puntos tratados (simonía, usura, falsos sacramentos y penitencias) se aprobó los importantes cánones, 6, 7 y 11 donde se condenaban los
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dizieron que non podían entrar a verlo, que ocupado era de afferes; de la qual respuesta los de Navarra fueron muyt despagados et su voluntat et su propósito mudóseles diciendo: “agora que non yes sennyor non se nos lexa ver, ¿Qué fará quando seya rey?", et muy indignados fueron a comer.  Es elegido Ramiro, con el ordinario segundo de su nombre; a la sazón recién nombrado obispo de Roda-Barbastro (tras la muerte de Pedro Guillén). Accede al trono en septiembre de 1134. Intenta vincular de nuevo a Pamplona ya separada adoptando como hijo a García Ramírez de Pamplona, ya rey de los navarros, siendo rechazado. Y yo me pregunto ¿Qué hubiera sido del condado de Barcelona, si como dice Zurita en lugar de Ramiro I (II ilegitimo), se hubiera elegido a D. Pedro de Atarés? La expansión natural del reino era hacia el mar, como otros este condado hubiera sido solo un recuerdo. Con este enlace va a ser definitiva la separación de Navarra, ya es un hecho consumado, aunque habrá intentos a lo largo de los tiempos de reanudar esa relación, ya no se volverá a dar, salvo en casos muy esporádicos.  Sabiendo su responsabilidad de otorgar al reino de un heredero, se casa el día 13 de noviembre de 1135 en Jaca, con Inés de Poitou, una viuda francesa con demostrada fertilidad. Hay un sector historiográfico cuyos autores hablan de la necesidad de una dispensa papal para poder contraer matrimonio que no obtuvo Ramiro, al menos, no antes de la boda, no hubo tiempo suficiente para ello y las medidas de Inocencio II así lo determinan. Entre los religiosos de regla y los seculares la nulidad para contraer nupcias se incluye en el Derecho Canónico a partir del Concilio de Letrán que se celebró en su basílica entre los días 4 y 11 de abril de 1139. Convocado por el Papa Inocencio II para ratificar la condena del antipapa Anacleto II, entre los muchos puntos tratados (simonía, usura, falsos sacramentos y penitencias) se aprobó los importantes cánones, 6, 7 y 11 donde se condenaban los matrimonios y concubinatos de los clérigos; por lo que, como dice Ubieto, al celebrarse con anterioridad a ese Concilio, el matrimonio no era nulo pero sí ilícito.   El problema originado por el testamento de Alfonso I fue resuelto a posteriori en una bula papal de 1158 Adriano IV, un agustino inglés, dándole salida a una engorrosa situación que se había iniciado con una posible pretensión papal de crear una monarquía teocrática en Aragón. J. Cabestany que cita a P. Kher, y yerra en sus argumentos. La heredera fue, no solo reconocida, sino aceptada por el papado, ella y su descendencia, como titulares de la potestas regia, las Órdenes Militares viendo el desarrollo del reino se apresuraron a pactar con el conde de Barcelona, príncipe gobernante del reino, unas compensaciones que se inician el 16 de septiembre de 1140 con lo que quedaba concluido jurídicamente el problema.  De este matrimonio nace Petronila el 11 de agosto de 1136. A finales de ese mismo año se separa el rey de su esposa una vez cumplido el motivo del matrimonio. Desde su entronización hasta 1137, no habían transcurrido ni tres años. Decididamente Ramiro no había nacido para ceñir corona, empero, cumplió muy bien con su deber. Castilla siempre dispuesta a la unión de las dos coronas ofrece a Ramiro, su hijo Sancho, cambiando el nombre de Petronila por el de Urraca, Ramiro lo rechaza, ello suponía que Castilla fagocitaba a Aragón.